28/3/2023
Todas las personas (Humanas y Sociedades) que desarrollan actividades en la Provincia de Buenos Aires (ya sea que venden bienes o prestan servicios), y tributan por la realización de dicha actividad ante AFIP; es obligatorio que además se encuentren inscriptas en el impuesto sobre los ingresos brutos.
Del párrafo anterior se aclara que se refiere a todas las personas físicas y sociedades cuya jurisdicción de la administración se encuentren en la PBA y sus actividades, ingresos y gastos sean generados y soportados en PBA, caso contrario si se presentan ingresos o gastos oriundos de otra jurisdicción a pesar de la radicación en PBA, corresponde la figura del Convenio Multilateral.
Cabe destacar que solo en el caso de las personas humanas, las mismas pueden quedar eximidas de la presentación anual y de los anticipos mensuales, en el caso que estén inscriptas en el monotributo unificado/ régimen simplificado unificado de la provincia.
Dejamos a continuación, el calendario con vencimientos para el mes de abril